viernes, 29 de enero de 2016

Las pericias pueden esperar el trámite propio de la causa.


En los autos “A., M. B. s/medidas precautorias”, la Sala de Feria de la Cámara Civil rechazó un pedido de habilitación de la Feria Judicial que buscaba avanzar con las pericias pendientes ante el Cuerpo Médico Forense respecto de una niña que se encuentra institucionalizada hace más de un año por una medida cautelar.
En el caso, los jueces explicaron que “la base argumental de los agravios arrimados radica en la urgencia que amerita para los apelantes la necesidad de avanzar con las pericias pendientes ante el Cuerpo Médico Forense”.
Así, los actores relataron que “la niña se encuentra institucionalizada hace más de un año por una medida cautelar, a su criterio sin fundamento, motivada en una denuncia por abuso sexual y apuntando a los padres una supuesta culpabilidad”, y afirmaron que “exterminó los vínculos familiares de la niña y exige una pronta solución de modo tal de restablecer el contacto con su hija”.
Tras analizar la causa, los magistrados aseveraron que las actuaciones “fueron iniciadas por la Dirección General Legal y Técnica del Consejo de los Derechos de Niñas, niños y adolescentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 16 de septiembre de 2014, a partir del ingreso de la niña al Hospital Pedro de Elizalde con lesiones compatibles, según el Servicio de Violencia de esa institución, con una situación de abuso sexual infantil”.
“Luego de una serie de medidas cautelares que tuvieron por objeto inicialmente la permanencia de la menor en el propio nosocomio con consigna policial y la prohibición de acercamiento de sus padres; lo cierto es que al día de hoy M. permanece en el Hogar Seres. A la par, tramita una causa penal por los hechos denunciados, y se llevan a cabo las medidas de prueba ordenadas en el marco de este proceso”, relataron los jueces.
Al respecto, los magistrados entendieron que “la prueba pericial pendiente señalada se pretende producir en el receso en curso, no es más que la intención de continuar con el trámite propio de la causa e implica una petición que excede, por tanto, el marco excepcional de actuación durante la feria judicial”.
Sobre este punto, indicaron que “la situación de vulnerabilidad requiere de un abordaje pronto y profundo, pero ello no implica desatender que al día de hoy su situación mantiene una solución provisoria a partir de su permanencia en la institución ya referida”.
Por otro lado, manifestaron que “si bien el pedido de habilitación fue ingresado el primer día de la feria judicial en curso, el memorial ante el rechazo decidido el día siguiente fue presentado recién el día 19 del corriente mes”.
Para los jueces, “la pretendida urgencia no se condice con la postura procesal aquí asumida (…) por otra parte, que la inminente culminación del receso judicial y las particulares cuestiones aquí debatidas, justifican que sea el juez natural de la causa, y los demás funcionarios que intervienen, quienes continúen con la producción de las pericias pendientes ante el Cuerpo Médico Forense”.
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