jueves, 1 de mayo de 2014

Los pederastas figurarán en un registro público “para siempre”


El Gobierno tiene la intención de crear un registro en el que consten todos los pederastas, traficantes de menores y explotadores infantiles condenados en firme. La idea es que los abusadores queden registrados “para siempre”, informó este viernes el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Los que empleen a trabajadores que tengan “contacto habitual con niños”, tanto en el sector público como en el privado, estarán obligados a asegurarse de que sus empleados no han sido condenados por delitos contra los menores (es decir, si están en el registro). El ministerio aún ignora qué legislación habrá que modificar para crear esta base de datos, cómo accederán los empleadores a la información, ni a qué profesionales afectará.
Los anteproyectos de Ley de Protección del Menor que presentó Ana Mato al Consejo de Ministros también recogen que las autoridades públicas, funcionarios y profesionales que conozcan cualquier delito contra un menor en el ejercicio de sus funciones estarán obligados a informar al fiscal o incurrirán en un delito de omisión.

Pero el plan contra los pederastas aún es muy inconcreto. “Será requisito para el acceso a las profesiones cuyo ejercicio conlleve el contacto habitual con niños el no haber sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata y explotación de menores”, afirma el texto, según adelantó EL PAÍS. Pese a que la norma ya está siendo sometida a la consideración del Gobierno, el ministerio no aclara qué procedimientos tendrán que seguir empleadores y empleados para cumplir ese requisito. “En otros países, al presentar el currículo para trabajar en un colegio, el centro está obligado a pedir antecedentes penales”, explicó una portavoz. En España no existe una norma de este tipo. El proyecto de ley tampoco enumera qué profesiones se verán afectadas. “Entrenadores o profesores”, enunció esta fuente como ejemplo. Los dependientes de tiendas de ropa para niños no estarían incluidos, por no tener contacto continuo con menores, añadió.
Tanto el registro como el requisito para optar a determinadas profesiones generan dudas jurídicas, según tres expertos consultados por este diario. Manuel Cancio, catedrático de Derecho Penal en la Universidad Autónoma de Madrid, apunta una primera consideración: “Los antecedentes penales se cancelan al cabo de un tiempo determinado. Esta norma parece partir de la base de que hay determinados antecedentes en los que no ocurre así. Sería necesario cambiar el Código Penal y modificar todo el sistema de cancelación de antecedentes penales”. Y añade: “Además esto genera alguna dificultad constitucional, puesto que el artículo 25 recoge que las penas están orientadas hacia la reinserción”. Otro jurista, en este caso especializado en Derecho Constitucional, señala que la imprecisión de la norma “es notoria” y recuerda que la Carta Magna prevé la reinserción social “con independencia del delito”. Añade que un registro de estas características supone “una especie de justicia cautelar de por vida”. El Ministerio de Sanidad aclara: “No se trata de imposibilitar la reinserción de estas personas”. El registro será compatible con la Ley de Protección de Datos, añadió, y no pretende impedir que los pederastas consigan trabajo en otras áreas donde no haya contacto con menores.
La reforma para impedir trabajar con niños a los condenados por delitos contra menores da cumplimiento al convenio de Lanzarote, redactado por el Consejo de Europa y ratificado por España en 2011. Los firmantes se comprometían a trasladar nuevas medidas de protección del menor a sus leyes nacionales. Entre ellas, asegurar que las personas que trabajan con niños no hayan sido condenadas por actos de explotación o abuso sexual de menores.

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